Solicitud del doctorando para la presentación y depósito de la tesis doctoral
Requisitos y documentación a presentar por el doctorando
Finalizada la elaboración de la tesis el doctorando solicitará a la Comisión Académica del Programa autorización para su presentación y depósito.
El doctorando deberá haber formalizado al menos dos matrículas de tutela académica y superado una evaluación de su plan de investigación.
Documentación a presentar
- Solicitud de autorización de presentación y depósito de tesis, que debe incluir informe del Director/es de la tesis, exponiendo los resultados de la valoración de la misma (Impresos).
- Último documento de actividades del doctorando (Impresos).
- Datos para la ficha TESEO: se deberá presentar un resumen de la tesis, de no más de una página de extensión y en formato word. También se indicarán las áreas de clasificación UNESCO de la tesis (el resto de datos se cumplimentarán desde el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente).
- Propuesta de Tribunal de tesis doctoral (Impresos).
- Informe de idoneidad / currículum investigador de los miembros de Tribunal (Impresos).
- Se entregará una copia en formato digital de la tesis.
Documentación adicional
En los siguientes casos, es necesaria documentación adicional:
Si la tesis opta a la Mención de Doctorado Internacional:
- Escrito de solicitud de mención de Doctorado Internacional, indicando el idioma elegido para la redacción y presentación pública (Impresos).
- Acreditación de la estancia internacional, avalada por el director de la tesis.
- Informes de los expertos internacionales.
Si la tesis se ha elaborado como compendio de artículos previamente publicados:
- Solicitud de autorización de tesis por compendio de publicaciones (Impresos).
- Informe del director/es de tesis doctoral para la autorización de tesis por compendio de publicaciones (Impresos).
- Informe de calidad de un artículo para la autorización de tesis por compendio de publicaciones (Impresos).
- Renuncia de los coautores que no sean doctores a presentar los mismos trabajos como parte de otra u otras tesis doctorales (Impresos).
Si la tesis está sujeta a cláusulas de confidencialidad:
- Solicitud de "Tesis de carácter confidencial", acompañada del informe del Director/a respecto a dicha solicitud (Impresos).
- El original o la copia compulsada de los documentos que acrediten que la Tesis está sometida a procesos de protección o transferencia de conocimiento y tecnología.
- El ejemplar de la Tesis en dos versiones: la reducida, en la cual se eliminarán los contenidos afectados por el deber de no difusión o por el deber y/o derecho de confidencialidad, y el ejemplar completo, que quedará archivado en la Universidad bajo compromiso de confidencialidad.
- Compromiso de confidencialidad de Tesis Doctoral de los miembros del Tribunal que juzgarán la Tesis (Impresos).
Propuesta de Tribunal de tesis doctoral
La Comisión Académica del Programa de Doctorado, oído el Director/a de la tesis, remitirá al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente la propuesta de Tribunal de tesis presentada por el doctorando.
El Tribunal estará constituido por 3 miembros titulares y 2 suplentes, y en su composición se respetarán los siguientes criterios:
- Se propondrá un Tribunal compuesto por tres miembros titulares y dos suplentes expertos en la materia, todos con el grado de doctor/a, vinculados a Universidades u organismos de enseñanza superior o investigación y con experiencia investigadora acreditada. Se entenderá acreditada esa experiencia en los doctores/as que pertenezcan a los cuerpos de Catedrático de Universidad, Catedrático de Escuela Universitaria o Titular de Universidad o estén habilitados para el acceso a dichos cuerpos o que estén acreditados para la figura de Profesor/a Contratado/a Doctor/a. Igualmente se considerarán con experiencia investigadora acreditada los Profesores/as de Investigación, Investigadores/as Científicos y los Científicos/as Titulares Investigadores/as Ramón y Cajal e Investigadores/as Distinguidos/as del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. En los demás casos, la Comisión Académica del Programa podrá estimar la experiencia investigadora suficiente para formar parte del tribunal previo análisis del currículum del doctor/a, que deberá adjuntarse a la propuesta.
- Los profesores/as pertenecientes a los Cuerpos Docentes Universitarios, o a las escalas de investigación del CSIC, podrán formar parte de los Tribunales de tesis doctorales aunque se hallaren en cualquiera de las modalidades de la situación de excedencia o jubilados.
- El director/a de la tesis no podrá formar parte del Tribunal, salvo los casos de tesis presentadas en el marco de acuerdos bilaterales de cotutela con universidades extranjeras que así lo tengan previsto. Tampoco podrá formar parte del Tribunal el tutor/a del doctorando.
- Los Tribunales estarán compuestos por cinco miembros, tres titulares y dos suplentes. De los tres miembros del Tribunal que finalmente actúen, dos serán externos a la UIMP y a las instituciones colaboradoras en el Programa de Doctorado, mientras que el tercero podrá pertenecer a alguna de las citadas instituciones.
- De entre los miembros titulares del Tribunal propuestos, se nombrará como Presidente/a al de mayor rango académico, antigüedad y edad y como Secretario/a al que posea menor rango académico, antigüedad y edad.
Autorización para el depósito de la tesis doctoral
Autorización de la Comisión Académica del Programa
La Comisión enviará la tesis a dos investigadores/as, expertos en el ámbito temático de la tesis y sin vinculación directa con el doctorando, con el director/a de la tesis y con el programa de doctorado, a los que se les solicitará que, en un plazo de tres semanas, valoren su contenido y se pronuncien sobre la pertinencia, o no, de autorizar su depósito.
Recibidos ambos informes, la Comisión Académica del Programa autorizará, o no, el depósito de la tesis.
- Autorización para el depósito de tesis doctoral (Impresos).
En el supuesto de no autorización del depósito de la tesis, la Comisión Académica del Programa deberá comunicar por escrito al doctorando y al director/a de la tesis un informe motivado explicando las razones de su decisión. El doctorando deberá dar respuesta a este informe antes de proceder a un nuevo depósito.
Autorizada por la Comisión Académica del Programa el depósito de la tesis, ésta remitirá al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente el impreso de la solicitud de autorización para la defensa de la tesis junto con la documentación generada durante la formación del doctorando y la propuesta de tribunal.
El Vicerrectorado comprobará que el doctorando cumple los requisitos establecidos para la presentación y defensa de la tesis y le comunicará la autorización para su depósito.
Documentación a presentar por el doctorando
Una vez que el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente ha comunicado al doctorando la autorización para el depósito de la tesis, el doctorando presentará en el Registro General de la UIMP dos ejemplares de la tesis en formato papel, debidamente encuadernados y paginados, e incluirá en el repositorio documental el fichero .pdf de la tesis que creará el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente a estos efectos.
Calendario orientativo para el depósito y defensa de la tesis doctoral
En este enlace puede consultar un Cronograma orientativo para el depósito y defensa de la tesis doctoral
Periodo de publicidad
La tesis deberá permanecer depositada durante veinte días naturales, no siendo computables a estos efectos el período comprendido entre el 1 de agosto y el 1 de septiembre, ni el no lectivo correspondiente a las vacaciones de Navidad y Semana Santa.
Durante el período de depósito, cualquier doctor/a podrá solicitar examinar la tesis y, en su caso tras serle remitida, dirigir por escrito al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente, las consideraciones que estime oportuno formular, excepto en el caso de que la tesis esté bajo un acuerdo de confidencialidad donde será de aplicación el procedimiento aprobado que puede consultar en este enlace.
Autorización para la defensa de la tesis doctoral y designación del Tribunal
Autorización del Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente
Transcurrido el período de depósito, el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente decidirá si se autoriza la defensa de la tesis o si, por el contrario, procede retirarla. En los supuestos de no autorización de la defensa de la tesis, el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente deberá comunicar por escrito al doctorando, al director/a de la tesis y a la Comisión Académica del Programa un informe motivado explicando las razones de su decisión.
Designación del Tribunal
Autorizada la defensa de la tesis, el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente designará el tribunal que ha de evaluar la tesis y lo comunicará a la Comisión Académica del Programa y al doctorando.
En el plazo que en la comunicación se especifique, el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente remitirá a cada uno de los miembros del tribunal la información necesaria para acceder al repositorio documental del Programa de Doctorado donde podrá acceder a un ejemplar de la tesis registrada.
- Nombramiento de Tribunal de tesis doctoral (Impresos).
Formalización por el doctorando de la matrícula de defensa de la tesis
Una vez obtenida del Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente la autorización para la defensa de la tesis doctoral y con carácter previo a la lectura, el doctorando deberá proceder al abono de la tasa correspondiente al examen de lectura de tesis doctoral, mediante carta de pago que le será facilitada en la Secretaría de Alumnos UIMP.
Defensa de la tesis doctoral
Convocatoria de la defensa de la tesis
El acto de defensa de la tesis tendrá lugar en el plazo comprendido entre un mes y medio y tres meses tras el depósito de la tesis por parte del doctorando. Este plazo podrá aumentarse, hasta un máximo de tres meses desde el momento de la autorización de la defensa, mediante resolución de la Comisión Académica.
El acto de defensa de la tesis será convocado por el Presidente/a y comunicado por el Secretario/a a la Comisión Académica del Programa con una antelación mínima de 15 días naturales a su celebración. El Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente se encargará de dar la mayor publicidad posible al acto de defensa de la tesis.
- Comunicación de convocatoria de lectura y defensa de tesis doctoral (Impresos).
Lectura de la tesis doctoral
El Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente enviará con la debida anticipación al Secretario/a del Tribunal los documentos que deberán ser cumplimentados en el acto de lectura de la tesis.
Con la excepción del Secretario/a del Tribunal, los demás miembros del Tribunal de tesis podrán participar en la defensa de la tesis por videoconferencia. Cuando concurra tal circunstancia el Secretario/a del Tribunal la incluirá en el acta incluyendo las razones que la motivaron.
En caso de que alguno de los titulares del Tribunal no puedan asistir al acto de defensa, podrá ser sustituido por uno de los dos suplentes. En este caso se deberá respetar siempre que la mayoría de los miembros sean externos a la UIMP y a las instituciones colaboradoras en el programa de Doctorado. El secretario/a del tribunal deberá remitir el escrito al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente, en el que el miembro del Tribunal justifica la imposibilidad de asistencia, así como el nombre del miembro suplente que lo sustituye. La ausencia de uno de los miembros del tribunal supondría la suspensión del acto de lectura y será necesaria la fijación de una nueva fecha de lectura, en este caso no será de aplicación convocar con una antelación mínima de 15 días.
Para la válida constitución del Tribunal encargado de juzgar la tesis doctoral y a efectos de la celebración del acto de lectura, deliberaciones y calificación, se estará a lo dispuesto para los órganos colegiados en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El acto de defensa de las tesis, tendrá lugar en sesión pública durante el período lectivo del calendario académico, quedando por lo tanto excluido a estos efectos el mes de Agosto y las vacaciones de Navidad y Semana Santa.
Consistirá en la exposición por parte del doctorando de la labor realizada, la metodología, el contenido y los resultados obtenidos, con una especial mención a sus aportaciones originales y su duración no podrá superar los 60 minutos.
Los miembros del tribunal formularán al doctorando cuantas cuestiones estimen oportunas durante no más de 90 minutos. Los doctores/as presentes en el acto público podrán formular cuestiones en el momento y forma que señale el presidente/a del Tribunal.
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Evaluación de la tesis doctoral
Finalizada la defensa y discusión de la tesis, cada miembro del Tribunal formulará por escrito una valoración sobre ella.
El Tribunal emitirá un informe motivado y la calificación global concedida a la tesis de acuerdo con la siguiente escala: no apto, aprobado, notable y sobresaliente, o de acuerdo con la normativa vigente en el momento de defensa de la tesis.
El Tribunal podrá otorgar la mención de "cum laude" si la calificación global es de sobresaliente y se emite en tal sentido el voto secreto positivo por unanimidad.
La Universidad habilitará los mecanismos precisos para la materialización de la concesión final de dicha mención garantizando que el escrutinio de los votos para dicha concesión se realice en sesión diferente de la correspondiente a la de defensa de la tesis doctoral.
La Universidad establecerá un procedimiento para otorgar menciones honoríficas "premio extraordinario" a las tesis doctorales que lo merezcan por su alto nivel de calidad, menciones que quedarán reflejadas en el correspondiente certificado académico. A tal fin se remitirá a los miembros del tribunal una fórmula de evaluación para las tesis doctorales que hayan obtenido la calificación de "sobresaliente cum laude", en las que cada miembro del Tribunal anotará de forma secreta su recomendación sobre si sería procedente la concesión del premio extraordinario.
El Secretario/a del Tribunal hará entrega de la documentación, una vez cumplimentada, al Vicerrectorado de Postgrado, Investigación y Formación Permanente.
Archivo y custodia de las tesis doctorales
Archivo y custodia
Una vez realizada la lectura de la tesis, de los dos ejemplares de la misma que hayan sido sellados por el Registro General de la UIMP, depositados por el Doctorando para información pública y firmados por el Tribunal, uno quedará en custodia por parte del órgano responsable; y el otro, cuya custodia está encomendada a la Comisión de Doctorado, se enviará a la Biblioteca de la UIMP para su archivo y documentación.
Los responsables de esta Biblioteca remitirán periódicamente una relación de las tesis recibidas al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente, que validará dicha relación a efectos del cumplimiento del precepto legal de custodia de las tesis doctorales por la Comisión de Doctorado.
Base de Datos de Tesis Doctorales (TESEO)
La Comisión de Doctorado remitirá a la Secretaría General del Consejo de Universidades la información necesaria para que la información de las tesis doctorales leídas quede recogida en la Base de Datos TESEO, a través de la aplicación informática establecida por el mismo.