Permanencia
Los estudiantes de la UIMP disponen de hasta cuatro convocatorias para aprobar cada asignatura, dos por curso académico matriculado con el plan de estudios en vigor, contabilizándose entre las cuatro tanto las convocatorias calificadas como aquellas no evaluadas.
Sin perjuicio del número máximo de convocatorias, para garantizar un rendimiento académico mínimo, y un aprovechamiento razonable, los estudiantes habrán de superar un mínimo del 50% de los ECTS matriculados cada curso académico. Si no alcanzan este porcentaje, no podrán renovar la matrícula para continuar los estudios en la UIMP.
Cuando concurran circunstancias justificadas documentalmente, los estudiantes podrán solicitar la anulación parcial de la matrícula, previa a su calificación, mediante instancia dirigida al Rector de la UIMP, quien resolverá previo informe del Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente. La eventual resolución favorable tendrá efectos exclusivamente académicos, no computando las convocatorias anuladas a efectos de permanencia.
Convocatoria de gracia
En casos excepcionales, el estudiante podrá solicitar, mediante instancia dirigida al Rector de la UIMP, la concesión de una convocatoria de gracia que le permita matricularse en la titulación, con objeto de llegar a cumplir los controles establecidos.
La Solicitud de Convocatoria de Gracia debe presentarse en el curso académico inmediatamente posterior al año en que finaliza la permanencia y deberá acreditar y demostrar que han concurrido circunstancias especiales que han impedido al estudiante tener una dedicación plena a los estudios.
El Rector resolverá previo informe del Director/a Académico del Programa y del Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente de la UIMP.
- Solicitud de convocatoria de gracia (Impresos)