Matrícula

Normativa de Matrícula de Cursos Online

Documentación requerida

La solicitud de matrícula se tramitará telemáticamente a través de la página web de la Universidad (www.uimp.es) mediante el formulario disponible a este efecto en dicho sitio web (Secretaría virtual).

Junto con el formulario de solicitud de matrícula, el solicitante habrá de aportar y cargar en soporte electrónico la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI (en caso de los ciudadanos españoles), del pasaporte o del NIE (en caso de los ciudadanos extranjeros).
  • En su caso, fotocopia de documento acreditativo de ser estudiante o titulado universitario.
  • Recibo/Justificante de pago de la matrícula

Además de su presentación por medios telemáticos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá presentar la solicitud de matrícula, conforme al modelo que figura adjunto a esta normativa (Impreso de matrícula), a través del Registro General de la Universidad o de cualquier otro Registro público o medio habilitado administrativamente.

La UIMP comunicará al alumno la conformidad de la matrícula en el curso elegido. 

Plazo de matrícula

  • El plazo de matrícula estará abierto a partir del 3 de junio de 2020(plazas limitadas)

Precios de matrícula

Cursos, jornadas, seminarios, talleres y encuentros que se imparten remotamente (“online”).

Tipo de Matrícula

Importe

Matrícula de curso Tipo G

20 €

Matrícula de curso Tipo H

80 €

Matrícula de curso Tipo I

120 €

Tasas administrativas

A excepción de la Matrícula de curso tipo “G” el resto de las actividades académicas devengarán (en el momento de formalización de la matrícula) gastos de Secretaría por la apertura del expediente académico. El importe de estos gastos, que se establece en 20 €, no será objeto de reintegro en los casos en los que el alumno solicite y obtenga la anulación de su matrícula con anterioridad al inicio del curso del que se hubiera matriculado.

Descuentos

  • A los alumnos que acrediten estar matriculados en estudios oficiales conducentes a la obtención de un título de Grado, Máster o Doctor en una Universidad española, o en cualquier otro estudio que equivalga a ellos, según la normativa vigente, se les aplicará un 20% de descuento en el precio de la matrícula.
  • Al personal de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, a sus cónyuges y descendientes directos, y a los alumnos del Colegio Mayor Torres Quevedo, se les aplicará un descuento del 50% en el precio de la matrícula del primer curso y de un 10% en el del segundo y siguientes. Idéntico descuento se aplicará al personal de la Universidad de Cantabria que se matricule en uno o más cursos.
  • Quienes estén en posesión de un carnet de jubilado podrán beneficiarse de un descuento del 20% en el precio de la matrícula.

Los descuentos no son acumulables y se aplicarán únicamente sobre el precio de matrícula, con exclusión de los gastos de secretaría por la formalización del expediente académico.

Bonificaciones

Familia numerosa.

Los alumnos miembros de familia numerosa se beneficiarán de las exenciones y reducciones previstas en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. (BOE del 19/11/2003).

  • Familia numerosa de categoría general, se aplicará una exención del 50% del importe de la matrícula y servicios administrativos.
  • Familia numerosa de categoría especial, se aplicará una exención del 100% del importe de la matrícula y servicios administrativos. 

Documentación a presentar: original y fotocopia o fotocopia compulsada del título de familia numerosa vigente o carnet individual expedido por el órgano competente de la Administración española.

Las víctimas de actos terroristas

De conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo (BOE de 9 de octubre de 1999), las víctimas de actos terroristas, sus cónyuges e hijos están exentos del pago del precio de la matrícula. En consecuencia, deberán abonar únicamente el precio previsto en concepto de servicios administrativos (gastos de Secretaría).

Documentación a presentar: original y fotocopia o fotocopia compulsada de la resolución administrativa dictada por el órgano competente de la Administración española por la que se hubiera reconocido la condición de víctima de terrorismo.  

Estudiantes con discapacidad.

Aquellos estudiantes a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% conforme dispone el artículo 4, apartado 2 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre)tendrán derecho a la exención de las tasas académicas, debiendo abonar únicamente el precio previsto en concepto de gastos de Secretaría.

Documentación a presentar: original y fotocopia o fotocopia compulsada del certificado o de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad expedido por el órgano competente de la Administración española.

Las víctimas de delitos de Violencia de Género

Las víctimas de violencia de género que cuenten con reconocimiento de su condición, así como los hijos a su cargo, y los huérfanos de víctimas de violencia de género, están exentas del pago del precio de la matrícula, debiendo abonar únicamente el precio previsto en concepto de gastos de secretaría.

Documentación a presentar: La condición de víctima de violencia de género se acreditará mediante la resolución judicial que otorgue la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria o medida cautelar a favor de la víctima.

Parados de larga duración

Los parados de larga duración, entendiéndose por tales aquellas personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos 12 meses en los 18 anteriores a la inscripción, estarán exentos del pago del precio de la matrícula, debiendo abonar únicamente el precio previsto en concepto de gastos de Secretaría.

Documentación a presentar: Se deberá acreditar mediante Informe expedido por la  oficina de empleo.

Las bonificaciones del pago de la matrícula previstas en los puntos anteriores sólo serán aplicables una vez por curso académico.

Las bonificaciones de este apartado y los descuentos del apartado anterior no son acumulables debiendo el solicitante optar por unos o por otras.

Devolución del importe de la matrícula

  1. La UIMP devolverá a sus remitentes el 100% del importe de matrícula y gastos administrativos de las solicitudes que se reciban una vez cubierto el cupo de plazas disponible, así como también los de aquellos solicitantes que no cumplan los requisitos exigidos para participar en el curso.
  2. Aquellas solicitudes de anulación o baja de matrícula que se realicen con anterioridad al inicio del curso, percibirán el 100% del importe de la matrícula. Los gastos de secretaría no podrán ser objeto de devolución en caso de anulación de la matrícula por parte del alumno.

Todas las solicitudes que generen derecho a devolución deberán comunicarse por escrito a la Secretaría de alumnos cumplimentando el impreso correspondiente (Impreso de devolución de precios públicos).

Diplomas

  • Cursos online: Los alumnos matriculados podrán obtener el Diploma acreditativo de asistencia si obtienen la calificación de APTO. Para ello se tendrá en cuenta el tiempo de conexión, trabajos realizados, etc.

En el diploma figurará la carga docente del curso, que será variable en función de la duración del mismo.

El posible reconocimiento final del curso por créditos ECTS o de libre elección, es competencia de la Universidad de origen del estudiante.

 

Procedimiento para solicitar matrícula Cursos COVID

 

Procedimiento para solicitar matrícula online